¡Vaya! Menudas aventuras debemos pasar quienes pagamos impuestos. No soy el más preparado para discutir acerca de impuestos; si quieres una asesoría de verdad, acercate al módulo de atención ciudadana más cercano (De verdad.) Pero si me permites, comparto contigo mi experiencia en eso de llevar los impuestos por cuenta propia.
Y como decía, que aventuras debemos padecer... Por eso detesto cuando suben a vender discos piratas en el metro... encima de que no consiguen un trabajo real, además de que irrumpen a todo volúmen con música de hace decadas (o esos espantosísimos compilados de pensamientos), además de que no pedí que me ofrecieran discos de mala calidad (que fácilmente puedo bajar en la comodidad de mi prodigy); además... hay que darle chance, pues el pobre está trabajando (dicho esto mientras me santiguo.)
Nada más horrible hay en este mundo. Bueno, tal vez ese juego de E.T. del 2600.
Encima de que no es un trabajo real, de que molesta a las demás personas con su "trabajo," de que vende mala calidad (la cual está al alcance de cualquiera); no paga impuestos.
Atención.
Pagar impuestos (en mi entender), es dar tributo porcentual por el empleo de tus servicios profesionales. El servicio tributario de tu país, usará esos impuestos para pagar campañas políticas, spots publicitarios de pemex, o para dar plazas comerciales a los ambulantes en el centro histórico.
El gobierno te castiga si no declaras correctamente tus actividades fiscales. Y es probable que para desempeñarte en el mundo laboral, debas integrarte a un rol fiscal.
episodio 4, una nueva esperanza
Ok, ya saliste de la escuela, o bien; ya conseguiste trabajo. En México (como en muchos otros lugares) existen básicamente 2 posibilidades; trabajar como un empleado que recibe un salario de una empresa (persona moral), o bien; trabajar por honorarios de forma independiente.
Para un ilustrador existen, principalmente; dos fuentes de trabajo:
- Trabajar manteniendo los derechos de autor y explotación de su obra.
- Trabajar proporcionando servicios profesionales.
Ilustrar manteniendo derechos de autor, involucra darse de alta en hacienda de una forma distinta, pues las obras creadas; no generan impuestos (por tratarse de obras artísticas.) Un ejemplo es ilustrar para libros infantiles, o bien; ilustrar murales o retratos.
Si, en cambio; proporcionas servicios profesionales; tu trabajo genera impuestos.
La diferencia estriba en el trabajo creativo. Cuando visitas a un doctor, o pides ayuda a un técnico en sistemas; requieres un servicio, el cual probablemente está tarifado por hora, o por uso de recursos humanos. Requerirá del uso de consumibles, herramientas de trabajo, condiciones óptimas para el desempeño de las actividades y recibirás una constancia escrita de que haz recibido un servicio (recibo de honorarios o factura.)
En cambio si contratas los servicios de un escultor, un escritor, un músico... usarás su creatividad y experiencia para los fines convenidos.
Más simple, puede ser así: Cuando se construye un edificio, contratan arquitéctos y proyectistas. Se espera de ellos un desempeño profesional y técnico; que probablemente sea avalado por una amplia curricula. Los materiales que se necesitan, serán comprados como consumibles y generan impuestos. Al final de la obra, esperarás recibir una factura, y declararás ante hacienda que deduzca los gastos que haces para mejorar tu patrimonio.
Cuando el edificio está terminado, puedes contratar a un pintor muralista para que plasme algo de su arte en la entrada principal. El edificio no necesita el mural para funcionar, por lo mismo tu declaración de este gasto como empresa es misceláneo.
Aunque no es un término correcto; la forma de trabajo será por necesidad; más informal. Pues no podemos medir la capacidad artística del autor. Así mismo el conserva el derecho de uso y explotación de la obra. Posiblemente se acuerde el tema y las condiciones en un contrato; más no podemos esperar a reclamarle que el servicio fue poco satisfactorio, si por ejemplo; no es estéticamente agradable el resultado.
Si el edificio sufre el impacto de un avión, podríamos con toda razón pedir explicaciones al arquitecto responsable en caso de catástrofe. pero si el mural no le agrada a alguien; poco podemos hacer.
De la misma forma, al generar bienes materiales por medio de servicios, la ley exige la retención de impuestos por parte del contratante. Y muchas empresas, según sus canones fiscales; no trabajan del todo con ilustradores que conservan derechos de autor.
episodio 5; el imperio contraataca
En México, en mi experiencia personal; es limitante trabajar por derechos de autor, y la cantidad de dinero es mínima en su diferencia. Y lo he visto con mis compañeros de trabajo.
En editoriales (como por ejemplo en Editorial Televisa), son muy contados los colaboradores que trabajan con derechos de autor propios. En cambio en la misma editorial; estamos trabajando cientos (tal vez hasta miles) de colaboradores; proporcionando servicios profesionales.
Dicen las malas lenguas que es posible llevar un híbrido de actividades, y tener los beneficios y castigos de ambas situaciones fiscales. Te lo dirá un contador experimentado, pues incluso en el mismo SAT lo niegan; pero sí; existe y es posible. (Como dato curioso, incluso es difícil que un impresor te haga comprobantes fiscales por derechos de autor, pues es algo... no acostumbrado.)
Si estas en una situación como la mía; te diste de alta como persona física, por honorarios; tu actividad es el diseño gráfico y la ilustración.
episodio 6; el retorno del jedi
Una de las primeras tareas, cuando ya eres jedi ilustrador; es emitir tus recibos de honorarios. Para ello necesitaste
darte de alta; recibiendo a cambio un R.F.C. (registro federal de contribuyentes), una tarjeta tributaria, una hoja que contiene la impresión de tu R.F.C. y tu domicilio fiscal; así como tu nombre y actividad. (Te sugiero no perder por ningún motivo ninguno de estos documentos.)
Con estos datos, tu curp, tu credencial de elector, y síp; hasta mail y página web; vas con un impresor autorizado e imprimes tus recibos de honorarios.
En
resumidas cuentas, cuando haces un trabajo que involucre tu actividad fiscal (ilustración); das un recibo con los datos del cliente y los tuyos; asentando en el comprobante la fecha en que se celebra el pago del servicio.
A final de mes, juntas los recibos y sumas las cantidades; obteniendo los ingresos que permitirán saber cuando debes declarar y si debes pagar al SAT. En las actividades profesionales como la ilustración, la declaración es mensual.
Es todo por el capítulo de hoy. Espero que te sea útil la información. :D Cualquier duda, escríbela aquí, o mejor aún, checa la página del
SAT.